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JUNTAS DE ACCIONISTAS

JUNTA DE ACCIONISTAS

La Junta general de una sociedad de capital será convocada por los administradores o liquidadores de la sociedad:
  • Los administradores convocarán la Junta General de accionistas siempre que lo consideren necesario o conveniente para los intereses sociales y siempre teniendo en cuenta las fechas y periodos estipulados en las leyes y estatutos.
  • Los administradores se verán obligados a convocar Junta General cuando uno o varios socios que representen al menos, 5 % del capital social lo soliciten. En este caso la convocatoria de la junta general deberá ser convocada dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se hubiese requerido a los administradores para convocarla.
  • En el supuesto de que la junta general ordinaria o las juntas generales previstas en los estatutos, no fuesen convocadas en el plazo correspondiente, cualquier socio o juez de lo mercantil del domicilio social y previa audiencia de los administradores podrán solicitar su convocatoria.
  Cuando se convoque la junta de accionistas por medio de decisión judicial, el juez deberá resolver en el plazo de 1 mes desde que le hubiese sido formulada la solicitud, y este mismo deberá nombrar a un presidente y al secretario de la junta. Contra la resolución dictada por el juez no se podrá interponer ningún tipo de recurso. En la sociedad anónima, aquellos accionistas que representen al menos el 5 % del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de una junta general de accionistas incluyendo uno o más puntos en el orden del día. En lo respectivo a la forma de convocatoria esta deberá ser  convocada por medio de un anuncio publicado en la página web de la sociedad o en su defecto en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia. En la convocatoria de la junta de accionistas deberá reflejarse el nombre de la sociedad, la fecha y hora de reunión, el orden del día, en el que  figuran los asuntos a tratar y el cargo de persona o personas que realicen la convocatoria. Si no se acuerda lo contrario la junta general se celebrará en el domicilio social de la sociedad. La preparación de la Junta de accionistas, el orden del día, el envío de acreditaciones, el control de asistencia, la representación, el quórum, los diferentes tipos de votación y el control de los mismos así como el acta de la Junta, son tareas que realizamos en ABOGADOSVIGO10

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