DELITOS DE ROBO Y HURTO
1. ROBO
Comete un
delito de robo la persona que se apodera de cosas muebles que no le pertenecen, con el propósito de hacerlas suyas y enriquecerse, empleando fuerza en las cosas para poder acceder al lugar donde los objetos se encuentran, o empleando violencia o intimidación sobre las personas.
Dentro del
delito de robo pueden distinguirse diversas situaciones que conllevan la imposición de diversas sanciones penales:
1.1 El robo con fuerza en las cosas
Existe robo con fuerza en las cosas cuando se dan alguna de las siguientes circunstancias:
- Escalamiento: Supone la entrada al lugar en el que encuentra el objeto empleando una vía de acceso que no es la habitual (por ejemplo, por la ventana)
- Rotura de la pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.
- La rotura o el deterioro de armarios, arcas, muebles u objetos cerrados, se fuerzan sus cerraduras o se descubren sus claves para acceder a su contenido, independiente de que esto se produzca en el lugar del robo, o fuera del mismo.
- El uso de llaves falsas (ganzúas, las llaves perdidas del propietario, si éstas se obtienen de forma ilegal; también se consideran llaves las tarjetas magnéticas y los mandos a distancia).
- La inutilización de los sistemas de alarma.
El
delito de robo en estos casos está penado con prisión de
1 a 3 años.
1.2 Cuando el lugar en que se comete el delito de robo se encuentra habitado
Si la casa, edificio o local abierto al público, o sus patios, garajes y demás departamentos contiguos y en comunicación con el interior son objeto de robo y estuvieran habitados en el momento de cometerse el mismo, el responsable podrá ser castigado con la pena de
prisión de 2 a 5 años.
1.3 El robo según los objetos y las circunstancias
Se aplicará también la pena de
prisión de 2 a 5 años si el objeto del
delito de robo son:
- Objetos de valor artístico, histórico, cultural o científico.
- Bienes de primera necesidad o destinados a un servicio público, siempre que la sustracción ocasionara un grave perjuicio o una situación de desabastecimiento.
- Por su parte, la pena anterior se impondrá también a los autores de un delito de robo en los que se sitúe a la víctima o a su familia en grave situación económica o se realice abusando de las circunstancias personales de la víctima.
1.4 El robo con violencia o intimidación en las personas
En estos supuestos, el
delito de robo se sanciona con la pena de
prisión de 2 a 5 años, pena que se añadirá a la que pueda corresponder por los actos de violencia que en su caso realice (por ejemplo, si concurre con amenazas o coacciones)
Se impondrá la pena en su mitad superior cuando el delincuente utilice armas u otros medios peligrosos.
En atención a la menor entidad de la violencia o intimidación que se ejerza, y valorando además las restantes circunstancias del hecho, también podrá imponerse una pena inferior en grado.
2. HURTO
Será responsable de un
delito de hurto la persona que, con propósito de aprovecharse y obtener un beneficio, arrebata cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño.
La pena imponible es la de
prisión de 6 a 18 meses si la cuantía de lo hurtado no supera los 400 € en contrario la infracción será constitutiva de un delito de robo.
El
delito de hurto puede ser sancionado con
prisión de 1 a 3 años en los siguientes casos:
- Cuando se sustraigan objetos de valor artístico, histórico, cultural o científico.
- Cuando se sustraigan bienes de primera necesidad o destinados a un servicio público, siempre que la sustracción ocasione un grave perjuicio o una situación de desabastecimiento.
- Cuando el delito de hurto sitúe a la víctima o su familia en una grave situación económica o se haya realizado abusando de las circunstancias personales de la misma.
- Cuando revista especial gravedad en atención a los efectos sustraídos, o se produjeran perjuicios importantes.
Por último, si el objeto de la sustracción es un objeto de propiedad del delincuente que se encuentra en poder de un tercero de forma legal, el delito será castigado con multa de 3 a 12 meses.
La misma sanción se impondrá a la persona que cometa el hurto por encargo del propietario del objeto.
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